En el marco del planteamiento del Senado sobre las reformas laborales, el proyecto que se discutirá este miércoles introduce cambios significativos en el sistema de empleo. Bajas laborales o accidentes no laborales. El texto reduce la duración de las bajas retribuidas y modifica el porcentaje de retribución que recibirán los trabajadores afectados, estableciendo nuevas condiciones en función de la causa del incidente y de la presencia de responsabilidades familiares.
Este es el último cambio después de semanas de negociaciones entre el gobierno y la empresa.

«Si la incapacidad para trabajar no es resultado de la consideración voluntaria y consciente de los riesgos para la salud del trabajador, recibirá 75% de la remuneraciónen todo caso, dentro del mismo plazo señalado en el párrafo anterior”, señaló.
Añadió: “Una suspensión ordenada por un empleador por razones financieras o disciplinarias no afecta el derecho de un trabajador a una remuneración parcial por un período específico, ya sea que la suspensión se ordene cuando el trabajador está enfermo o lesionado o cuando ocurren estas circunstancias”.
Walter Manco, «Estipula dos variables que se deben tener en cuenta: una es la antigüedad del trabajador, y la otra es si tiene cargas familiares. De esta manera, un trabajador con menos de cinco años de servicio y sin cargas familiares tiene actualmente tres meses de licencia retribuida, mientras que si tiene cargas familiares puede disfrutar de hasta seis meses de licencia retribuida», explica el abogado y socio de Deloitte Labor Law and Social Security.
Ahora bien, si un trabajador tiene más de 5 años de servicio y no tiene cargas familiares, la licencia por enfermedad o accidente remunerada es de 6 meses; Si todavía tienes responsabilidades familiares, la licencia retribuida se puede ampliar a 12 meses.
Los expertos explican que esto se aplica tanto a las licencias psiquiátricas como en el caso de accidentes o enfermedades sufridas por los trabajadores fuera del lugar de trabajo, incluidas enfermedades y accidentes.

«A nivel mundial, este tipo de seguros suele ser una obligación del sistema de seguridad social, es decir, el Estado debería financiarlo, pero en Argentina, a diferencia de otros países, ha decidido entregar esa responsabilidad a los trabajadores», destacó.
Las reformas propuestas traen cambios significativos: Primero, Términos de licencia reducidos; en lugar de 12 meses, se establece entre 3 y 6 meses, y lo único permitido hasta los 6 meses es la presencia de cargas familiaresDijo Manico.
Además, también se ha revisado la ratio salarial: El plan actual es 100% cargable.mientras que la reforma propone que si el accidente o enfermedad resulta de la actividad voluntaria y consciente del trabajador y entraña un riesgo conocido, éste recibirá el 50% de la remuneración; en cambio, si no hay intención o conciencia del riesgo, se recibirá el 75% durante el periodo de licencia (ya sean tres o seis meses).
«Por ejemplo, si un trabajador sabe que puede lesionarse y romperse una pierna mientras juega al fútbol, recibirá una indemnización del 50%, mientras que si sufre un accidente en circunstancias normales, como viajar en autobús o en coche, recibirá una indemnización del 75%. En definitiva, esta reforma afecta a los accidentes y enfermedades fuera del ámbito laboral sin culpa, a diferencia de los sujetos a un régimen regulatorio de riesgos laborales», afirmó Mañko.

Asimismo, el programa oficial establece que los trabajadores que no puedan presentarse a trabajar por enfermedad o accidente deberán informar inmediatamente de su estado y ubicación, salvo casos de fuerza mayor.
En caso de no hacerlo, perderá su derecho a la remuneración, salvo que posteriormente se pruebe claramente la existencia de la enfermedad o accidente que le impida dar aviso, habida cuenta de la naturaleza y gravedad de los hechos.
Por otro lado, y relacionado con lo anterior, el texto dispone que los certificados médicos que presenten los trabajadores por enfermedad o accidente sin culpa deberán contener el diagnóstico médico, tratamiento y número de días de descanso indicados, ser emitidos a nivel nacional por un profesional médico autorizado para ejercer la medicina y estar firmados digitalmente a través de una plataforma electrónica autorizada.
Los trabajadores están obligados a someterse a un reconocimiento por parte de un médico designado por el empleador.
«Si existen diferencias irreconciliables entre el diagnóstico inicial y el control médico realizado por el empleador, se podrá recurrir al consejo médico de un organismo oficial de la jurisdicción donde la autoridad administrativa haya habilitado esta opción, o solicitar la opinión de una institución pública o privada de reconocida experiencia y solvencia técnica, en cuyo caso los costos de su intervención deberán ser asumidos por el empleador», señala el párrafo refundido.







