
En medio de controles de salud y seguridad, el Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) oficializó la baja de una farmacia, luego de comprobarse que llevaba ocho años funcionando sin autorización. Del mismo modo, ordenó el cierre de un laboratorio por detectar irregularidades.
Las empresas afectadas por la medida fueron Farmacia DIFA SOCFASA y el laboratorio Enzimas SA Ambas resoluciones fueron registradas en el Boletín Oficial, luego de que se publicaran las disposiciones 63/2026 y 66/2026, respectivamente.
Según los argumentos presentados por las autoridades, la farmacia habría sido autorizada como «importadora y exportadora de especialidades medicinales en formas farmacéuticas de cápsulas, tabletas y líquidos no estériles». Sin embargo, la decisión de cancelar el certificado y su autorización fue consecuencia de la falta de renovación detectada.

“La empresa DIFA DROGUERÍA SOCFASA ha inscrito en el Registro de Especialidades Medicinales (REM), de esta Administración Nacional, un Certificado único N° 46.265, cuyo vencimiento ocurrió el 17 de junio de 2017, no volvió a registrarse”, advirtieron desde el Vademécum Nacional de Medicamentos (VNM).
Esto significó que la empresa estuvo en funcionamiento durante más de ocho años, superando el período de cinco años que el certificado había otorgado originalmente. Asimismo, enfatizaron que “los titulares de certificados inscritos en el REM solicitan el nuevo registro dentro de los treinta (30) días anteriores a su vencimiento”.
En el caso del laboratorio, la ANMAT ordenó: “Cancelar la autorización otorgada a la empresa”. ENZIMAS SAcancelando el expediente no. 7162″ luego de que se comprobó que no contaba con certificado de licencia.
Aunque la empresa había sido autorizada para trabajar como “importadora y exportadora de especialidades medicinales y como representante de la empresa MUCOS PHARMA GmbH & Co. de Alemania”, las autoridades descubrieron que no contaba con certificados inscritos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM).
En este sentido, señalaron que, tal como lo establece la Ley núm. 16.463, todos los productos farmacéuticos «sólo pueden ser elaborados, con autorización previa y bajo control de la autoridad sanitaria, en establecimientos autorizados por ésta y bajo la dirección técnica del profesional universitario correspondiente».






