
El Unidad de Información Financiera (UIF) En las últimas horas ordenó el congelamiento administrativo de activos vinculados a la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva. Es la primera vez que se dicta una medida de este tipo en el país.y surge como correlato del decreto publicado esta semana que establece un estricto mecanismo para la detección y reporte inmediato de operaciones sospechosas.
En términos prácticos, y de acuerdo con el resolución 3/2026que estableció que quienes deberán cumplir con la normativa son las entidades financieras o identificadas como de vivienda, agencias y casas de cambio; remesas; empresas dedicadas al transporte de flujos; emisores, operadores y proveedores de servicios de cobro y pago; y proveedores de crédito no financieros, se ha avanzado en la inmovilización inmediata y prohibición total de la enajenación, transferencia o gestión de activos, tangibles o intangibles, muebles o inmuebles, físicos o digitales.
Cuando este organismo determina la existencia de una amenaza a la paz, una violación de ésta o un acto de agresión, está facultado para imponer medidas y sanciones que sean obligatorias para los Estados miembros. Y según el Artículo 25 de la Carta, los estados están obligados a aceptar y cumplir estas decisiones.
Según la mencionada resolución, una vez notificado el congelamiento, los sujetos obligados tienen la responsabilidad de consultar sus bases de datos, informar las operaciones anteriores y posteriores realizadas con las personas o entidades sancionadas, y mantener bloqueados todos los bienes o bienes detectados durante la vigencia de la medida.
Asimismo, indicaron que este tipo de trámite requerirá el uso del sistema de reporte de órdenes de congelamiento y la presentación de toda la información relevante en un plazo no mayor a 24 horas desde el momento en que se emite la comunicación oficial.
Durante la ejecución de la medida, los sujetos obligados deberán abstenerse de comunicar a clientes o terceros la naturaleza y antecedentes del congelamiento. Según la disposición, sólo se puede informar que los bienes se encuentran «congelados conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 26.734, en el Decreto N° 918/2012 y sus modificatorios, y en la presente resolución».
La vigencia del congelamiento administrativo se mantiene mientras las personas o entidades afectadas sigan formando parte de las listas sancionadas por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Aclararon además que las solicitudes de descongelamiento deben tramitarse ante el juez federal correspondiente con competencia penal.
El incumplimiento de estas obligaciones conllevará, de conformidad con el artículo 11 de la resolución, la aplicación de las sanciones previstas en el capítulo IV de la Ley núm. 25.246 y sus modificaciones. Estas pueden ir desde multas económicas hasta una prohibición de cinco años.
Con este congelamiento, uno de los primeros vinculados al financiamiento de la proliferación en América Latina, la UIF argentina dio un paso estratégico para fortalecer el sistema nacional de prevención del financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva y está a la vanguardia en la materia.
En el caso, la información de inteligencia financiera recibida del exterior, sumada a la investigación local, permitió recabar elementos que dieron credibilidad para ordenar la medida cautelar administrativa en la jurisdicción y respecto de personas humanas residentes en la República Argentina.
Como se informó oficialmente, esta decisión es “absolutamente nuevo desde que el GAFI, en los años 2017/2018, integró este tercer fenómeno criminal en sus objetivos de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo». «Hasta ahora, son muy pocas jurisdicciones en el mundo que han tomado medidas de congelamiento de este tipo y es la primera vez que se aplica en América Latina», destacaron en un comunicado.

Después de la difusión de la información, el oficina del presidente emitido a liberación firmado por Javier Milei destacando la medida adoptada por la UIF.
«La Presidencia informa que, con base en la información de inteligencia financiera recibida de organismos extranjeros, y como parte de la investigación local realizada por la Unidad de Información Financiera (UIF), que forma parte de la Comunidad de Inteligencia Nacional Argentina, Se reunieron elementos suficientes para ordenar una medida de congelamiento administrativo de activos vinculados al financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva en la República Argentina.«, comienza el texto oficial.
Luego destaca que «desde que el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) incorporó este tercer fenómeno criminal dentro de sus objetivos estratégicos para combatir el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, muy pocas jurisdicciones en el mundo han adoptado medidas de congelamiento de esta naturaleza«.
«En este sentido, la medida establecida representa un precedente de relevancia internacional y se convierte en la primera acción de este tipo aplicada en América Latinaen estricto cumplimiento de los estándares internacionales y en el marco de las facultades otorgadas a la UIF por la normativa vigente”, continúa el comunicado.
Además, se destaca que “esta decisión responde a una política clara: concentrar todos los recursos del Estado en la búsqueda de finanzas ilícitas vinculadas al crimen organizado, el terrorismo y otras amenazas graves contra el orden institucional, protegiendo la integridad del sistema económico y financiero.«.
“El presidente Javier G. Milei reafirma así su compromiso con el orden, la seguridad y la lucha contra el crimen internacional, cumpliendo con los compromisos asumidos por la República Argentina ante la comunidad internacional, y velando por que el sistema financiero no sea utilizado como herramienta para el desarrollo o consolidación de estructuras criminales”, concluye.






