Javier Milei se dirige a legisladores del LLA en Casa Rosada (Foto: Palacio Presidencial)
El Gobierno no quiere espacio en la Cámara de Diputados para discutir el DNU 70/23. La semana pasada, la oposición se reunió el 15 de octubre para discutir este importante decreto y otras iniciativas sensibles como la Emergencia por Discapacidad y Delincuencia, que pretende utilizar la participación de diferentes grupos para lograr quórum. Si eso sucede, pueden recurrir a las medidas de desregulación económica más importantes adoptadas por el gobierno de Javier Mire.
«Creemos que tenemos suficientes votos para que la oposición no derroque al DA en los casos relevantes, pero ni siquiera queremos que esto sea un problema», dijo una fuente clave de la Alianza Liberal. Dejaron claro que el objetivo de las negociaciones de estos días es «volcar totalmente la reunión».
Al menos dos despachos de la Casa Rosada celebraron ante Infobae una reciente decisión de la Corte Suprema que, según ellos, les dará «más espacio» para poder negociar con aliados que están bajo presión social por el Código de Tierras, pero no ven la necesidad de tumbar el DNU 70.
Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosati y Carlos Rosencrantz. Reuters/Agustín Malkani
El Tribunal Supremo convocó el martes a dos cojueces para intervenir en el debate sobre la derogación del artículo 154 de la Ley de Tierras Rurales, después de que cuatro jueces no lograran llegar a un fallo unánime en una demanda medioambiental que impugnaba la eliminación de las restricciones al acceso a la propiedad rural. La intervención del Juez Conjunto permitió completar la consolidación requerida para resolver el expediente.
Ayer se realizó el sorteo de magistrados suplentes, con destaque para Diego Barroetaveña, miembro de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza. La participación de ambos será decisiva para determinar la respuesta judicial a los planteos de la asociación civil Árbol de Pie.
El nuevo escrito fue promovido por Árbol de Pie, un grupo que invocó los derechos constitucionales de protección ambiental para impugnar la Sección 154 de la Ley de Necesidad y Urgencia. La presentación del escrito no fue tramitada por el Juez Federal de Bariloche (donde se inició) y la Cámara Federal de Comercio de La Plata (que luego lo recibió).
El caso llegó a la Corte Suprema la semana pasada luego de que rechazara medidas preventivas propuestas por el Centro de Excombatientes de las Islas Malvinas (CECIM). Posteriormente, el tribunal consideró que la organización carecía de legalidad para promover la reclamación. Pero los miembros de Árbol de Pie aún no saben si esa explicación se aplica a ellos.
Lo novedoso es que dos de los tres jueces puedan estar dispuestos a reconocer la legalidad de las asociaciones ecologistas y litigar sobre este punto. También creen que uno de los dos co-jueces también aprobará la presentación.
Los negociadores del partido gobernante aprovechan la situación para hablar con los aliados y pedirles que no proporcionen quórum para la reunión del 15 de octubre.
Karina Millais y Martín Menem
La tramitación de los documentos de Árbol de Pie sigue un sistema de procedimiento colectivo, que agrupa reclamaciones por un mismo asunto. Se pueden analizar secuencialmente los siguientes motivos del rechazo del escrito de la CECIM, directamente relacionados con la derogación impugnada. Quedan por determinar cuestiones fundamentales relativas al Código de Tierras y a la Ley.
Infobae confirmó de fuentes legislativas que la idea no era incorporar el Código de Tierras al proyecto de inviolabilidad de la propiedad privada. Argumentaron que la propuesta, que fue desmantelada durante la consideración del Senado, carecía de significado político. Algunos lo consideran «no votable». Si la alternativa tiene éxito, es probable que sea incluida en un plan de soberanía nacional que contenga medidas relacionadas con la causa Malvinas.
Tras el dictamen del Fiscal General Eduardo Casal, la Corte Suprema también logró resolver la impugnación planteada por la Confederación General del Trabajo contra el capítulo laboral DNU 70/2023.
La Cámara Nacional del Trabajo declaró inconstitucional el capítulo 4 de la ley (artículos 53 a 97) después de que la Confederación de Sindicatos adoptara medidas protectoras contra el Estado-nación. El gobierno apeló la decisión ante la Corte Suprema.
El Tribunal Laboral reconoció la legitimidad de la Central Sindical en la defensa de los derechos individuales y colectivos de los trabajadores. También consideró que no se requerían circunstancias especiales para emitir un decreto de necesidad y urgencia: circunstancias que no permitieran una reunión con el Congreso o que no permitieran esperar los trámites legislativos ordinarios.
La cámara argumentó que las medidas laborales no eran una respuesta a la situación actual sino cambios a leyes permanentes aprobadas por el Congreso. El fallo final del tribunal en el documento podría establecer un estándar sobre las condiciones que deben cumplirse para que el poder ejecutivo emita un decreto de necesidad y urgencia.








