El viernes 26 de diciembre, el Senado aprobó por abrumadora mayoría la primera presupuesto bajo la dirección de Javier Milei después de una sesión que duró más de ocho horas. Ahora, el Gobierno ha publicado en el Boletín Oficial las regulaciones tanto del Plan Fiscal 2026 -en virtud de decreto 932/2025-, de Ley de inocencia fiscal.
Luego del debate en la sesión extraordinaria del Senado, la votación fue positiva y el proyecto fue aprobado en términos generales. Presupuesto 2026. La victoria fue por un amplio margen: 46 votos afirmativos contra 25 negativos. Sólo hubo una abstención.
El Presupuesto también prevé la evolución de la demanda agregada para el próximo año. Las proyecciones oficiales indicaron que el el consumo privado crecería un 4,9%, lo que implica una reducción de 5,3 puntos porcentuales respecto a la estimación para 2025. Respecto a la consumo público, se espera un aumento del 1,2%, 1,4 puntos más que el récord de este año. Por su parte, la inversión presenta un crecimiento proyectado del 9,4%.
“Se estima para el Presupuesto del Sector Público Nacional, Ejercicio 2026, un resultado financiero excedente de dos mil setecientos treinta y cuatro mil veintinueve millones seiscientos cincuenta y cinco mil cincuenta y cinco ($2.734.029.655.055)”, señala el texto de Ley 27798. Pese a las diferencias que generó el proyecto en el Congreso, el Senado terminó aprobando la ley con 42 votos a favor, 28 en contra y 2 abstenciones.
El artículo 30 del capítulo 2 fue uno de los temas que más dudas generó durante el debate, porque contemplaba la eliminación de cláusulas relacionadas con el financiamiento del Sistema Nacional de Ciencias, Tecnología e Innovaciónel Formación Técnica Profesional y el Fondo de Defensa Nacional.
De hecho, el texto publicado derogado:
- Artículo 9 de la Ley de Educación Nacional (26.206), que obligaba al Estado nacional, a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a destinar al menos el 6% del Producto Interno Bruto (PIB) al financiamiento del sistema educativo nacional.
- El párrafo 1 del artículo 4 de la Ley 27.565, que creó el Fondo de Defensa Nacional (FONDEF) y estableció que el 0,8% de los ingresos corrientes del presupuesto nacional debía destinarse al reequipamiento y modernización de las Fuerzas Armadas, incluyendo inversiones en ciencia y tecnología para la defensa.
- Artículo 52 de la Ley 26.058 (Educación Técnica Profesional), que creó el Fondo Nacional de Educación Técnico Profesional (FNEP)
- y el artículos 5, 6 y 7 de la Ley 27.614 (Financiamiento de la Ciencia y la Tecnología)que estableció una meta de inversión progresiva en ciencia, tecnología e innovación, con el objetivo de alcanzar el 1% del PIB en 2032





