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Habilitan cuentas de nómina en USD para que la empresa pueda pagar la nómina en moneda extranjera

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Banco Central estipula que las cuentas de sueldos se pueden abrir en pesos o dólares (Reuters)

El Banco Negara (BCRA) actualizó las normas sobre cuentas de nómina para permitir a las empresas pagar salarios en dólares estadounidenses. La medida responde a los cambios previstos en la Ley de Modernización Laboral N° 27802, cuyo artículo 34 sustituyó al artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y establece que las remuneraciones pueden pagarse tanto en moneda nacional como en moneda extranjera. Hasta el momento, la norma sólo considera las denominaciones en pesos.

Según fuentes de la autoridad monetaria, “El Banco Central de la República Argentina actualizó el reglamento de la cuenta de salarios para adaptarlo a la Ley de Modernización Laboral N° 27802, cuyo artículo 34 reemplaza el artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20744 y establece que los salarios deben pagarse en moneda nacional o extranjera”.

«La normativa anterior sólo consideraba las denominadas en pesos. A partir de esta modificación las cuentas de nómina podrán estar denominadas en pesos o dólares», agregaron.

En el sector privado, existen expectativas limitadas sobre la implementación inmediata de pagos en dólares. Representantes del sector financiero reconocieron en la reserva que la visión general es que «mientras se restrinja el acceso de las empresas al mercado libre de cambios para comprar dólares, no creo que tenga mucho éxito».

Las nuevas regulaciones del banco central tienen como objetivo alinear las operaciones bancarias con la legislación laboral reciente y ampliar las opciones para empleadores y empleados. Sin embargo, las restricciones actuales a las compras corporativas de moneda oficial siguen limitando la escala potencial de la medida.

La medida establece que, a partir de la fecha de esta resolución, las entidades financieras deberán aceptar la apertura y gestión de cuentas de nómina en pesos y dólares estadounidenses.

Los depósitos en dólares estadounidenses y los retiros de fondos en efectivo de la cuenta de nómina deben realizarse en la sucursal donde se mantiene la cuenta. Además, se extiende la atención a otras sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio, siempre y cuando estas entidades cuenten con las operaciones necesarias para manejar efectivo en dólares estadounidenses.

Otra de las condiciones de la nueva normativa es que las cuentas de nómina gratuitas actualmente previstas en el texto de la norma permanecerán en estos productos hasta alcanzar el importe certificado obtenido por la relación laboral, acumulando el importe que no haya sido retirado indefinidamente. Con ello se pretende garantizar que los trabajadores a los que se les paga de esta manera no incurran en costes adicionales para abrir una cuenta en moneda extranjera.

Así se mantiene esta disposición en el nuevo texto del Código del Trabajo: «La cuenta especial se denominará cuenta de salarios y en ningún caso impondrá restricciones a los retiros ni impondrá costos a los trabajadores en la composición, mantenimiento o retiro de fondos en todo el sistema bancario, independientemente del método de retiro».

Los cambios se aplicarán muy rápidamente. El banco central informará pronto el texto actualizado de la orden, que reflejará todos los cambios regulatorios. En base a esto, las instituciones financieras deberán adaptar sus sistemas y procedimientos internos para cumplir con las nuevas regulaciones, lo que significa que será necesario ajustar las operaciones del día a día y el enfoque de los clientes que optan por recibir activos en dólares estadounidenses.

La resolución se produce en el contexto de una regulación progresiva de las reformas laborales, conocida oficialmente por el gobierno como Ley de Modernización Laboral.

El texto reglamentario aprobado por la Asamblea Nacional y promulgado por el gobierno en marzo del año pasado establece al determinar la forma de pago en el artículo 105 del nuevo texto que «los salarios deberán pagarse en moneda, ya sea nacional o extranjera».

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