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Establecieron nuevas modificaciones en el Código Aduanero: qué cambia para importadores y exportadores

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DNU 41/2026 introduce modificaciones
DNU 41/2026 introduce modificaciones al Código Aduanero para racionalizar el comercio exterior argentino (EFE)

El Gobierno, a través de la Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 41/2026proporcionó cambios claves en el funcionamiento del código aduanero. Según el texto firmado por Javier Milei y su gabinete, decidió cómo se tratan las resoluciones anticipadas de importación y exportación, un eje central dentro del funcionamiento del comercio exterior.

La medida prevé que, desde su publicación, la importadores i exportadores Previamente pueden solicitar dictámenes oficiales sobre la clasificación de los productos y su origen, es decir, sobre si un producto se considera nacional o extranjero. Estas resoluciones anticipadas nos permiten saber, antes de operar, cuál será el tratamiento aduanero exacto que se aplicará a un producto básico y bajo qué régimen fiscal o restricción se impondrá.

En ambos casos, la administración estableció un plazo máximo de 30 días para emitir a las aplicaciones. Si no hay respuesta dentro de este plazo, la persona o empresa interesada podrá proceder con la operación comercial en las condiciones que inicialmente propuso y la aduana podrá exigir una garantía como respaldo. Una fuente técnica del sector detalló: «El usuario podrá continuar con la importación incluso si la administración no responde a tiempo».

El nuevo decreto permite
El nuevo decreto permite a importadores y exportadores solicitar resoluciones anticipadas sobre clasificación y origen de mercancías (EFE)

Otra modificación clave es la definición de canales de denuncia. Cuando se trata de una decisión sobre la clasificación o valor de las mercancías, el importador o exportador puede impugnar la decisión ante la propia aduana, conforme a los mecanismos del código vigente. Si por el contrario se trata de una resolución sobre el origen del producto, los recursos administrativos deberán tramitarse ante el Ministerio de Industria y Comerciobajo los procedimientos establecidos para la administración pública.

La reforma afecta directamente la transparencia y previsibilidad del comercio exterior argentino. Una de las razones fundamentales es la obligación internacional de republica argentina para cumplir con el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC)lo que requiere que los países tengan dichas resoluciones anticipadas reguladas y operativas para exportadores e importadores.

El plazo original para tener el plan en vigor era 23 de julio de 2024pero Argentina pidió una prórroga, que la OMC concedió automáticamente, extendiéndola hasta el 23 de enero de 2026. El mismo decreto reconoce: «La cercanía de la caducidad hacía incompatible la normal tramitación de las leyes»justificando así el uso del poder presidencial para emitir decretos de necesidad y urgencia, sin pasar primero por el Congreso Nacional.

El Ministerio de Industria y
El Ministerio de Industria y Comercio estará a cargo de las resoluciones sobre el origen del producto, mientras que la AFIP mantendrá la clasificación y valoración (AP)

En los considerandos, el texto insiste en que la medida pretende simplificar y desburocratizar los procedimientos aduaneros. Entre los fundamentos está que importadores y exportadores, al tener respuestas claras con antelación, podrán operar «con seguridad jurídica», evitando retrasos y sorpresas durante las inspecciones.

Desde el punto de vista operativo, las normas sobre resoluciones anticipadas Ya se estaban implementando desde 2023 a través de tres resoluciones emitidas para entonces Administración Federal de Finanzas Públicas: el Resolución 5473/23que regula las solicitudes de clasificación arancelaria; el Resolución 5477/23por cuestiones de valoración y, a partir de febrero de 2024, el Resolución 5484/24por criterios técnicos aduaneros.

Ahora, el DNU 41/2026 Delimita específicamente el marco de la cuestión de «origen» y faculta al Ministerio de Industria y Comercio para dictar todas las normas necesarias para implementar el procedimiento en esta materia, incluyendo los requisitos, formas y plazos. Asimismo, establece que sus decisiones serán válidas y «vinculantes» para la administración, salvo que se modifiquen las leyes o se produzcan nuevos hechos que no permitan compararlas con los que dieron origen a la resolución.



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