Cada verano se repite la misma historia: miles de exparejas con hijos compartidos deben compartir sus vacaciones para disfrutarlas el 50 por ciento del tiempo, independientemente de quién tenga la custodia. En la gran mayoría de los casos no suele haber problemas, el padre y la madre respetan el acuerdo si lo hay, y si no, llegan a un entendimiento en beneficio del niño o adolescente.
El conflicto surge cuando los padres no logran resolver las diferencias y utilizan a los menores como moneda de cambio, violando las reglas y, a veces, creando situaciones que podrían constituir delitos. Dos abogadas de familia, Delia Rodríguez, especialista en derechos del niño del Estudio Jurídico Vestalia Asociados, y Marta Iglesias, del Estudio Jurídico Winkles Family, especialmente Derecho Internacional, explicaron qué dice la ley ante posibles dilemas.
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¿Tengo que conseguir autorización de mi expareja para viajar al extranjero?
“En caso de separación o divorcio, deberás viajar fuera de España con tus hijos menores”, explicó Iglesias. De hecho, añade, la situación puede ser diferente para los traslados a determinados países cercanos, como Francia o Portugal, o incluso a países de la zona Schengen: “Si viajáramos en coche, lo más probable es que no necesitaríamos dicho permiso en ningún momento.
¿Qué pasa si mi ex no me deja hablar con mi hijo?
«Cuando el otro progenitor impide la comunicación con nuestro hijo mientras nuestro hijo está de vacaciones, lo primero que tenemos que comprobar es si nuestra sentencia o acuerdo contiene la obligación de facilitar dicha comunicación en un momento concreto. Si es así y el incumplimiento se prolonga durante un tiempo, podemos ejecutar esa decisión ante los tribunales. Aunque lo mejor es intentar contactar con el otro progenitor o su representante legal, para evitar acciones legales», añade.
Pero, como señala, si la sentencia o acuerdo no contempla nada sobre la comunicación, y si nuestro hijo ha alcanzado la edad para permitírselo, al final lo mejor es que tenga su propio móvil para no tener que depender de un tercero para comunicarse con él.
¿Qué pasa si el otro padre no sabe nada de mí durante esos 15 días?
“Si nuestro hijo menor no está disponible durante todas las vacaciones con el otro progenitor, por lo que no sabemos nada, es legalmente imposible que presentemos cualquier recurso de ejecución ante el tribunal, a menos que las obligaciones mencionadas estén incluidas en la sentencia o acuerdo”, recuerda Iglesias. Y añadió: “Lo que podemos hacer es pedir a la policía que vaya donde sabemos que está, ya sea en la casa familiar donde veranearon o en un hotel, y que se asegure de que nuestro hijo está con el progenitor”. De todos modos, lo mejor siempre es “a nuestro juicio o acuerdo, se ha incluido un cronograma de llamadas con nuestro hijo para que en caso de incumplimiento, podamos hacerlo cumplir”.
Iglesias dijo que si un día un padre «tiene que devolvernos al niño y no lo hace, pero podemos contactarlo y nos lo explica, entonces mejor no ir a la policía». No obstante, hay que tener en cuenta que “si no sabemos dónde está nuestro hijo y no nos lo entregan en la fecha señalada, tenemos que acudir a la policía, y además, como siempre, intentar contactar con el abogado contrario a través de nuestros abogados, evitando así futuras acciones judiciales entre los padres”.
¿Se pueden saltar medidas incluidas en un acuerdo de separación?
A la hora de organizar un viaje, no siempre es posible encontrar un vuelo, tren, barco para la fecha exacta de las vacaciones. ¿Es posible saltarse el protocolo si esto sucede? Según Delia Rodríguez, “una vez dictada una sentencia u orden judicial, incluidas las medidas de paternidad, estas medidas están en pleno vigor y deben ser cumplidas estrictamente, salvo pacto expreso”. Además, agregó, «incluso si estamos hablando de tiempos simples de entrega y recogida para menores, existen consecuencias legales por no seguir esas reglas».
Pero, según Rodríguez, lo más lógico en estas situaciones es hablar con el otro padre para llegar a un acuerdo (preferiblemente siempre por escrito) y trabajar con el niño en ajustar detalles relacionados con las vacaciones con sentido común y sabiendo que “hoy es para mí, mañana es para ti”.
El letrado reconoce que el otro progenitor podría ser procesado si persiste el incumplimiento del régimen de alojamiento vacacional: “aunque esta solución a corto plazo es completamente inútil por los largos tiempos de tramitación judicial y la demora en dichos procedimientos no considerados urgentes”.
¿Tengo que saber dónde vive mi hijo?
Ambos padres tienen derecho a saber dónde vive el niño con el otro durante las vacaciones. «Lógicamente, no tenemos que comunicarnos con el lugar al que vamos», agregó Rodríguez. Explicó que sería bueno tener una dirección y un teléfono de referencia para poder hablar con los niños sin entorpecer sus vacaciones o descansos: «Tenemos que recordar que el artículo 154 de nuestro Código Civil establece que ambos padres están obligados a proporcionarse mutuamente toda la información relativa a los menores, que son los que tienen la patria potestad. De igual manera, si los niños enfermaban durante las vacaciones de verano, había que avisar a los demás para que supieran cómo evolucionaba la enfermedad y qué tratamiento podría recetar un médico», recuerda Rodríguez.
¿Puede el otro padre visitar al niño? ¿Puedo decir que no?
“Nuestro ordenamiento jurídico vela por el interés superior de los menores y por ello reconoce el derecho de los niños a relacionarse y comunicarse con sus seres queridos y familiares”, explicó Rodríguez. No obstante, el letrado admite que este derecho está limitado por las medidas judiciales acordadas en la sentencia, ya sea amistosa o impugnada, siendo la asignación del tiempo de vacaciones de verano habitualmente medios meses y quincenas alternas.
“Efectivamente, cada caso de familia es diferente, y nos podemos encontrar con acuerdos de custodia que contemplan el derecho a la visita de verano, siempre que ambos adultos estén en la misma ciudad, se beneficia la persona que no está con los niños, desviando así la visita a la persona que se beneficia”, continuó el abogado. En definitiva, «los que no tienen derecho a estar con los menores durante el verano, no tienen derecho a visitarlos durante las vacaciones, y no tienen derecho a entrometerse en el tiempo de la otra parte» salvo consentimiento expreso de los padres.
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