No hay una respuesta única a esta pregunta. porque, depende del momento Además de las circunstancias específicas en que se encuentren los trabajadores, se emitirán o no las altas médicas. asi que, No siempre puedes mantener un perfil bajopero no en todos los casos es posible el alta después de negar la incapacidad permanente.
Si el INSS te niega la incapacidad permanente, ten en cuenta lo que te diremos.Porque, además, enumeraremos Pasos a seguir si quieres reclamar (Desafío de descarga). También muestra que si, Durante este proceso, Puede continuar o no tomar la baja por enfermedad.
Finalmente, le informaremos ¿Y si te dejan salir del hospital? No estás curado.
Documento de oficio del INSS
Partimos de la primera hipótesis. Supongamos que una persona que está experimentando una incapacidad temporal llega a los 18 meses. Y no ha solicitado la invalidez. En ese momento, el INSS Siempre abra archivos de discapacidadSin embargo, eso no significa que se concederá.Solo significa que van a barajar tres opciones: Alta médica, incapacidad permanente o baja especial prolongada.
Como ves, no existe una cuarta posibilidad de no reconocer la invalidez sin terminar la baja. Por tanto, si después de dicho documento se niega la incapacidad, Los trabajadores son dados de alta automáticamente del hospitalEsto se debe a que 18 meses es Periodo máximo de incapacidad temporala menos que exista la extensión (retraso de elegibilidad) que mencionamos anteriormente.
He solicitado incapacidad permanente
Ahora consideremos otra situación. Supongamos que la misma persona del ejemplo anterior decide, Antes de cumplir los 18 meses de baja por enfermedad, presentar voluntariamente una solicitud de incapacidad permanente ante el INSS.En ese momento, un proceso paralelo baja por enfermedad. La Administración del Seguro Social estudiará la solicitud y responderá dentro de un máximo de 135 días hábiles, aproximadamente seis meses para ser verdad.
Si la resolución es negativa o hay silencio administrativo, no recibirás la prestación por invalidez.pero Sí, puede continuar tomando la licencia por enfermedad., gracias a la incapacidad temporal que ya tienes. Porque son programas diferentes.Además, si no hay alta específica antes de los 18 meses, al año y medio tendrás una nueva oportunidad Discapacidad adquirida: A través de los documentos del curso que mencionamos en el apartado anterior.
24 meses o más de vacaciones
Ahora pasemos a la tercera opción. Se nos ha asignado un retraso de elegibilidad y hemos superado el mínimo de dos años. Después, solo pasaran dos cosas: Alta hospitalaria (negación de invalidez), o reconocimiento de pensión.Por lo tanto, si se le niega la incapacidad, después de 24 meses de baja no puedes mantener un perfil bajoY, obviamente, ni aunque te den un beneficio. Es imposible extender la licencia por enfermedad después de dos años.
Hasta ahora, hemos revisado dos momentos clave en el viaje de la discapacidad: 18 meses y 24 meses de licencia. Pero a partir de los 12 meses el INSS puede citarte a un juzgado médico y darte de alta. no lo olvide.
Denuncia sobre el alta médica
Con carácter general, la inscripción extingue la incapacidad temporal desde la fecha de su expedición para que pueda determinarse Obligación del trabajador de regresar a su lugar de trabajo en 24 horas. Aunque puede ser necesario disfrutar de las vacaciones generadas durante las vacaciones.
Pero la buena noticia es que, al mismo tiempo, Puede afirmar haber recuperado el flujoVeamos en detalle este tipo de reclamaciones basadas en la contingencia de baja.
emergencias comunes
Si hablamos de enfermedades comunes o de accidentes no laborales, tienes un periodo de tiempo Si se emite en el primer año del alta, 11 días hábiles para impugnar el alta, a partir de su notificación. El INSS tiene 7 días hábiles para responder, si sucede, el silencio administrativo aquí es negativo. En última instancia, si el proceso administrativo falla, 20 días hábiles para presentar una demanda en la Corte. A lo largo de su viaje, recuerde que ya no estará de baja por enfermedad.
Pasados los primeros 365 días de incapacidad temporal, sin desafío como esto.En cambio, debemos expresar nuestra desaprobación del alta previa al reconocimiento médico por parte del servicio público de salud. dentro de los cuatro días naturales, quien propondrá al INSS que se reconsidere el alta médica si lo considera oportuno. ¡Aunque probablemente no lo harás! Sin embargo, si lo hace (dentro de los 7 días calendario) y el Seguro Social no da marcha atrás (dentro de otra semana), Descarga en pleno efecto y puede rendir directamente una demanda.
Finalmente, si el alta es tardía -a partir de los 18 meses-, Ya no procede impugnar, sino reclamar directamente la incapacidad permanente Si aún no lo has hecho.
Urgencias profesionales
Las Au Pairs ahora están entrando en escena.Si el alta la hace el médico mutual Durante los primeros 365 días de baja por enfermedad, los trabajadores pueden Ir al INSS para revisión de altay debe completarse dentro de los 10 días hábiles.
¡atención! Si se activa dicha gestión, también se deberá comunicar a la empresa. ¿Por qué?Debido al inicio de este proceso de revisión Implicaciones de la suspensión de altas médicas liberar.Sí No hay necesidad de volver al trabajo¡Aún muy bajo! Aunque la suspensión solo puede prorrogarse por 15 días hábiles.Después de recibir la resolución, si la Seguridad Social está de acuerdo con las mutuas, sí debe reincorporarse y El plazo de enjuiciamiento es de 20 días hábiles -como cuando los imprevistos son comunes-.
sobre cómo actuar Después del primer año de licencia, la fórmula es la misma que detallamos en nuestra discusión de las contingencias comunes, como la mutua ya no tiene poder, todo se concentra en el INSS. Salvo pago, si corresponde entre sí.
la salud por encima de la ayuda mutua
Pero, ¿qué sucede si las reclamaciones por accidentes profesionales fallan y tenemos que volver al trabajo sin recuperación? En 2006, la Corte Suprema dictaminó que si los trabajadores sentían que, a pesar de las altas médicas mutuas, antes del año libre, Su enfermedad persiste y permanece impotente., puede solicitar la baja por enfermedad de un médico en el Servicio de Salud Pública. No olvidemos que después del primer año de baja por enfermedad, los demás ya no pueden registrarse.
En conclusión
Antes de concluir este artículo, cabe señalar que una persona de ayuda mutua no puede conferir, y por lo tanto no puede negar, la incapacidad permanente. Si bien podrían proponer al INSS la concesión de la invalidez y revisión, puede haber una intención de quitarla. En una denegación de incapacidad, si no se combina con un alta médica, solo puede proceder con un reclamo inicial para intentar que el Seguro Social lo reconsidere y lo conceda. Pero si se trata de un alta médica y el trabajador realmente no cree tener la capacidad para volver a sus actividades laborales, impugnarlo o reclamar que es nuestro derecho como ciudadanos. Si continúa o no luchando por la incapacidad permanente.