Me despidieron, ¿qué debo hacer?

Cuando nos despiden de un trabajo, suele ser un momento desagradable, tendemos a ponernos nerviosos, y en muchos casos no sabemos que estamos firmando.

Entonces, en esta publicación, te daré algunos consejos básicos sobre cómo tomar medidas sin perder tu poder.

Se requiere copia de la carta de despido

Los empleadores deben comunicar a través de la carta de despido, los hechos que lo motivaron, y el tipo de despido; y la fecha efectiva (terminación del contrato de trabajo).

Trabajador Copia de la carta de despido se conservará siempre como obligación legal de la empresa y deberá ser entregada al trabajador en todo caso. Esto le permitirá certificar la terminación del empleo, etc. para recibir los posibles beneficios correspondientes.

Cuando reciba la carta, debe firmar el recibo como «no conforme».

Consulta la fecha de la carta de despido

El fin jurídico que se persigue al exigir que la fecha del despido conste en una carta de despido no es más que El trabajador despedido conoce el momento exacto en que comienza a correr el plazo para interponer la correspondiente reclamación, Porque según la ley, comienza a contarse a partir de «veinte días después de la fecha de ocurrencia», como en el artículo Artículo 59.3 de la Ley de Trabajadores o «dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha en que se produzca», según lo dispuesto en los términos Artículo 103.1 de la Ley de Procedimiento Laboral.

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Consultar documentos de facturación

Cuando te entreguen los documentos de facturación, debes escribir «PENDIENTE DE REVISAR IMPORTES», fechar y firmar.

Si en el documento que nos entregan en efectivo o cheque no entregan, debe escribir «PENDIENTE DE REVISAR CANTIDADES, NO SE RECIBE CANTIDAD EN ESTE ACTO».

Verificar el tipo de despido que alega la empresa

Verifique el tipo de despido alegado y consulte a un profesional sobre la posibilidad de solicitar una mayor indemnización o reincorporación.

solicitar beneficios de desempleo

Después de ser despedido, tiene derecho a reclamar beneficios de desempleo de todos modos, siempre que haya pagado lo suficiente, es decir, al menos 360 días en los últimos seis años.

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