Presentado

Con la llegada del coronavirus a España, la seguridad social se ha visto desbordada.Este hecho hace que una gran cantidad de personas llamen para reportarse enfermas. No recibir notificaciones Espere, por ejemplo, a través del tribunal médico.

Hoy analizaremos este panorama de incertidumbre general y te contamos quien te pagara Si llevas más de 24 meses sin trabajar y el INSS no se ha puesto en contacto contigo. ¡Incluso si no lo ha hecho desde sus primeros 18 meses!conocerás esa situación y la llamada Retraso de elegibilidad.

Asimismo, atenderemos sus inquietudes sobre si su contrato ¿Se termina el trabajo?porque transcurridos 545 días de incapacidad temporal, cesarán las obligaciones de cotización de la empresa, y su Fiesta Tras 24 meses de descanso.Sí ¿Qué probabilidad hay de que se le considere discapacitado permanentemente?.

¿Qué sucede después de un descanso de 24 meses?

En primer lugar, antes de estudiar estos casos especiales, reglamentariamente se definen la tasa de baja por enfermedad y la tasa de incapacidad permanente.cuando te pones un año libre, lo normal es que te citen del juzgado médico. Si te prorrogan la incapacidad temporal, te dan de alta hospitalaria o te recomiendan incapacidad permanente, allí se valora.

y el mismo 18 meses, aunque en este caso no se suele volver a prorrogar el feriado. Hay excepciones, como cuando los trabajadores acaban de terminar una cirugía y necesitan tiempo para evaluar claramente su capacidad para trabajar.Esto se denomina retraso calificador y la licencia por enfermedad puede durar hasta dos años todos. Sin embargo, dichos retrasos deben notificarse claramente.

La realidad tras la llegada del coronavirus

En cambio, lo que sucede hoy es que después del primer año y medio, la persona no sabe si todavía está dada de alta debido a retrasos en la elegibilidad o qué está pasando.porque El INSS no emite ninguna comunicación Después de los primeros 545 días. Alternativamente, nos han confirmado que tenemos un retraso, pero eso ha terminado y no hemos escuchado nada de la Seguridad Social al respecto. En definitiva, más de 24 meses de baja temporal por enfermedad, pero sin incapacidad permanente aprobada. Sin alta médica. Han pasado más de dos años y no sé qué vamos a hacer…

Además, esta escena también se puede reproducir delantero, cuando llegamos a los primeros 365 días de baja, después de ese período, pasan días -o meses- y el INSS no se autodeclara. En este caso, el afectado no sabe si seguirá enfermo hasta los 18 meses, si le darán el alta hospitalaria o si le ofrecerán una incapacidad permanente.

En cualquier caso, lo más importante es que tengas paciencia, porque no te queda más remedio que esperar a que la Administración del Seguro Social te envíe un aviso.

¿Quién paga después de 24 meses de vacaciones?

En teoría, la incapacidad temporal finaliza a los dos años. No nos pueden dar más prórroga.Pero si ha consumido el retraso clasificado o ha estado fuera del juego durante 730 días Sin saber nada sobre la seguridad social hace mucho tiempodebes saber que tu pagador se encuentra en este nuevo periodo (meses 25, 26, 27, etc.)

Quien paga seguro social o mutua, según sea apropiado. Los retrasos debido a la pandemia nunca pueden ser culpados por usted. La ley lo tiene en cuenta.

Por tanto, no dejarás de recibir pagos aunque hayas superado el periodo máximo de incapacidad temporal. Y, como decíamos, los retiros serán o por el INSS o por tu copago, dependiendo de quién te haya estado pagando las mensualidades hasta el momento.

¿Qué pasa si el otro se niega a proceder con el pago?

Desafortunadamente, se conocen muchos casos similares en los que la compañía de seguros de accidentes de trabajo no continúa obteniendo ingresos, argumentando que no es su obligación. Pero las interrelaciones y la jurisprudencia así lo han confirmado, Deben seguir cooperando y pagando la prestación por incapacidad temporal hasta que haya una soluciónAdemás, el costo en realidad no es su responsabilidad ya que estas entidades luego reclaman meses adicionales al INSS para que puedan ser reembolsados.

Pero si todavía se niegan, podrían sugerirle a usted, el trabajador, que pida eso. Paga directamente al INSSLe recomendamos que haga esto para que tenga recursos económicos desde dos años de baja por enfermedad hasta las semanas o meses antes de que se emita la resolución. Puede hacerlo mediante la presentación de documentos a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

contrato de trabajo y vacaciones

Contratos de trabajo suspendido – no salen – mientras la gota se ensancha mas de un año y medioA partir de ese momento, el empleador ya no está obligado a cotizarte. Muchas veces, incluso dan soluciones. Sin embargo, ¡presta atención! No significa que perdiste tu trabajo.Si es dado de alta más tarde, podrá reincorporarse en lugar de estar incapacitado permanentemente. Solo perderá el valor de las donaciones de unos pocos meses.

Sin embargo, estos meses -para encontrar Base Reguladora de la Invalidez Si es el momento adecuado -si no eres autónomo- podrás «rellenarlos» a través del sistema de integración de huecos con la base más baja vigente en esa fecha. Puedes obtener más información sobre este método aquí.

Vacaciones después de 24 meses de vacaciones

Pero, volviendo a la relación laboral, ya seas despedido o incapacitado permanentemente, puedes Reclama tus permisos no utilizados que has acumulado en los 18 meses anteriores Desactivado temporalmente. Si te despiden por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, deberán incluir en este pago los permisos que hayas acumulado y no disfrutado. Por otro lado, si vuelve a registrarse, podrá solicitarles, por ejemplo, más tiempo antes de reintegrarse efectivamente a su cargo.

En cualquier caso, debes recordar que después del primer año y medio de baja por enfermedad, el empleador no está obligado a contribuir contigo, Sin vacaciones después de 18 meses de baja por enfermedadEn esta fila, si llevas dos años de baja por enfermedad, no acumularás baja en tu término final.

Si por algún motivo no solicitas tu baja de forma inmediata, no te preocupes, tienes un año para solicitarla, desde que rescindes tu contrato por invalidez o desde que te registras.

bono de empresa

Tal vez estés recibiendo asistencia económica de tu empresa, y aunque estés de baja por enfermedad, estés recibiendo el 100% de la base regulada porque el Seguro Social no paga esa base en su totalidad durante el proceso de incapacidad temporal. De ser así, la sentencia del Tribunal Supremo N° 1449/2022 establece jurisprudencia al respecto.Desde entonces, las empresas están obligadas a pagar prestaciones de incapacidad temporal a los trabajadores Y esto continúa. Sin límite de tiempoSalvo que se establezca expresamente un plazo máximo en el convenio colectivo.

Por lo tanto, incluso si tiene 18, 24 o más meses de baja, no tienen que retirar este bono. Te lo tienen que ingresar hasta que termine la incapacidad temporal.

no me llaman ¿Significa esto que me van a dar la discapacidad?

Si se le otorga un retraso calificado porque todavía está recibiendo tratamiento, o porque acaba de someterse a una cirugía y necesita recuperarse para poder evaluar su capacidad para trabajar, es posible que se le otorgue una discapacidad permanente.Pero no necesariamente así, un bajo tan largo no necesariamente implícito Serás pensionista en el futuro.

Asimismo, no esperar noticias del INSS después de un año y medio o dos de baja por retrasos provocados por el coronavirus no equivale a que se le asigne una incapacidad.siempre debes En espera de resolución por escritoNo procede aquí el silencio administrativo porque en este artículo no se trata de la etapa posterior a la solicitud o propuesta de incapacidad, sino de la etapa de baja laboral.

En conclusión

Por último, es necesario añadir que si se reincorpora al trabajo porque no se le concedió una incapacidad permanente, y dentro de los 180 días de haber recibido el alta hospitalaria, vuelve a tomar la baja laboral por el mismo motivo, el INSS estudiará si le paga. Esto se llama «licencia por reincidencia». Según el Seguro Social, esta licencia por enfermedad no tiene impacto financiero, es decir, no puede ir a trabajar, pero no le pagarán. Pero el Tribunal Supremo también se pronunció sobre eso en 2022. Ahora bien, desde un punto de vista legal actual, no siempre tiene que ser automático. Porque este alto tribunal ha ordenado al INSS que «analice aquellos factores objetivantes que justifiquen la negación de estos efectos económicos de la condición de trabajador por cuenta ajena».

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