Rueda de prensa de diciembre de 2018 sobre los crímenes de Laura Luelmo.

Advierten del peligro de que «los jueces decidan qué partes de la realidad deben ser reveladas u ocultadas a los ciudadanos»

Rueda de prensa de diciembre de 2018 sobre los crímenes de Laura Luelmo.

  • La corte Periodista encarcelado durante dos años por filtrar secretos abstractos

Un total de 163 periodistas, la mayoría profesionales especializados en información judicial y de sucesos, firmaron una carta dirigida al Consejo General del Poder Judicial y al Comité Judicial fiscal general del estado Expresa su ‘fuerte preocupación’ por veredicto sin precedentes Audiencia Provincial de Huelva Un reportero fue ordenado a detallar varias diligencias relacionadas con el asesinato de una joven Laura Ruermo En 2018 se produjo un caso en un pequeño pueblo de Huelva. La sentencia, apoyada por la Fiscalía, condenaba al periodista de «Huelva Información» a dos años de prisión e inhabilitación profesional por publicar diversas informaciones veraces.

En documentos enviados al órgano de gobierno de los jueces y al Ministerio Público, los periodistas advirtieron que «los jueces deciden qué es o no noticiable, o qué partes de la realidad deben ser reveladas u ocultadas a los ciudadanos». “Los relatores judiciales basamos lo que publicamos en el derecho a la información de los ciudadanos, los intereses periodísticos, la autonomía editorial y el compromiso con cada audiencia mediática (…) Al informar sobre delitos de extrema gravedad, los medios informan al público sobre lo que tiene derecho a saber: cómo se investigan y juzgan los delitos”, agregó el profesional de la información.

Además, son elegibles los periodistas que suscriban los documentos antes mencionados, miembros de todas las redacciones de los principales medios de comunicación del país. «Muy serio» Los estándares periodísticos deben ser reemplazados por la opinión específica de cada juez sobre lo que es o no es noticia, con el recurso a la máxima potestad penal del país, la prisión, como castigo desproporcionado.

«Los taquígrafos judiciales saben que la privacidad es uno de Restricciones a la libertad de información. No defenderemos el sensacionalismo o la invasión de la privacidad sin un motivo estrictamente periodístico. No todo es apto para nuestras transacciones. Pero es necesario un equilibrio entre estos dos derechos, y el juzgado de Huelva lo ignoró por completo. (…) Los periodistas no están obligados a mantener en secreto sus investigaciones, sino sólo a quienes están obligados a mantenerlas en secreto (por cierto, en este caso se aplica un tipo penal específico, con penas menores que las del artículo 197). Por tanto, la sentencia no puede basarse en el delito de divulgación de secretos breves por parte de periodistas, quienes tienen la obligación y el derecho de ejercer las libertades protegidas por el artículo 20.1 d) de la Constitución”, recalcó.

Además, los firmantes enfatizaron que “la represión penal de los posibles excesos, más que la sanción por parte de la justicia civil, puede frustrar a los periodistas y socavar en gran medida el derecho a la información de los ciudadanos”.

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