La somnolencia excesiva ya es causa de incapacidad permanente

Incapacidad para trabajar debido a la narcolepsia, un trastorno del sueño que provoca somnolencia diurna. Un cristalero de 49 años ha ganado su batalla con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) al obtener una sentencia favorable del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. La sentencia reconoció una pensión del 100% de su salario. Una mujer de 54 años que trabaja en una oficina administrativa recibió el mismo veredicto por estenosis subglótica, una anormalidad rara de la laringe que causa dificultad para respirar o dificultad para respirar. Estos son algunos ejemplos de enfermedades raras, o de las que hasta ahora no se han concedido incapacidades laborales permanentes, pero que recientemente han sido reconocidas judicialmente como incapacidades laborales permanentes.

La Unión Europea considera una enfermedad rara cuando afecta a menos de 1 de cada 2.000 ciudadanos. Hasta la fecha, se han identificado más de 6000 enfermedades raras diferentes, que afectan a unos 30 millones de personas en Europa. Lorenzo Pérez, presidente de Fidelitis, despacho de abogados especializado en incapacidades laborales, sostiene que, en general, porque los profesionales de la abogacía «demuestran que se asemejan a los derivados de otros más conocidos. Eso sí, lamenta Pérez. Lamentablemente, ir a juicio es casi siempre necesario, ya que las discapacidades permanentes a menudo se niegan administrativamente.El presidente de Fidelitis recuerda un caso que ganaron en 2021 que involucraba a un ensamblador ciego de 64 años cuya condición principal era un trastorno raro llamado mastocitosis (acumulación excesiva de mastocitos, un tipo de glóbulos blancos presentes en los tejidos.Entre otras limitaciones, esta patología provoca dolor al caminar y sentarse o estar de pie por largos períodos de tiempo, requiriendo usar muletas para caminar, o no poder soportar peso.

“Las enfermedades raras son altamente incapacitantes”, dijo Alejandro Rusiñol, director del Centro Médico Tribunal Médico Legal. Entre las victorias judiciales de la entidad para clientes con condiciones anormales, Rusiñol destacó una victoria en 2016 en la que un juzgado de Barcelona reconoció la incapacidad permanente absoluta de una mujer de 51 años, registradora de datos, sufre un trastorno de somatización grave que provoca distintas dolor en varias partes del cuerpo, pero sin una fuente identificable.

En todo caso, el criterio del juez para determinar si una enfermedad (por rara que sea) es incapacitante es si impide trabajar. En este sentido, Jorge Campmany, director de Campmany Abogados, admite que si bien el estándar se ha mantenido, ciertas condiciones, como el alcoholismo, han cambiado. “Antes las incapacidades permanentes por alcoholismo eran poco comunes, y en nuestra empresa hemos ganado varios clientes con secuelas de esta condición”, destaca. Como ejemplo de estas victorias, el abogado cita el caso de un trabajador por cuenta propia que abrió un hotel y terminó sufriendo de alcoholismo, u otro trabajador con amnesia persistente inducida por el alcohol.

Lorenzo Pérez también menciona la fibromialgia o el síndrome de fatiga crónica como condiciones que antes no se consideraban discapacidades permanentes y sus valoraciones están empezando a cambiar. «En el pasado, estas condiciones se trataban desde una perspectiva más psicológica/psiquiátrica porque se creía que estaba en la mente del paciente, pero eso no es cierto», explicó. Sin embargo, esa realidad está cambiando gracias a los avances en la tecnología de diagnóstico y la colaboración de los expertos en medicina forense, agregó el experto. Un ejemplo de ello es la sentencia dictada por un juzgado de Palma de Mallorca el pasado mes de abril, que reconoció la incapacidad permanente total de un pastelero por fibromialgia.

El COVID-19 persistente es otra enfermedad que actualmente causa discapacidad permanente. Tal como lo define Alejandro Rusiñol, son los signos, síntomas y condiciones que persisten o se desarrollan después de una infección inicial por covid-19. Así, en noviembre de 2021, un juzgado de Ciudad Real acordó la incapacidad permanente absoluta de un administrativo de 52 años tras un ictus y persistentes dolores de cabeza tras superar un contagio de covid.

gran discapacidad

En todos estos casos, la incapacidad permanente reconocida es, o bien absoluta, lo que significa recibir una pensión del 100% en régimen de supervisión, ya que la persona no puede realizar ningún tipo de trabajo, o total, que se concede a quienes no pueden realizar su ocupación habitual, donde el 55% de la base regulatoria está basada en tarifas. Pero también es posible que una enfermedad rara o que hasta ahora se consideraba incapacitante resulte en una gran invalidez, es decir, una incapacidad máxima. Esta asistencia se obtiene cuando la persona necesita ayuda de terceros para realizar actividades básicas de la vida diaria, como vestirse, arreglarse, caminar o comer. La prestación correspondiente en estos casos es del 100% de la base reguladora más la ayuda económica, pudiendo incluso superar la pensión máxima permitida.

En 2020, la empresa Campmany Abogados recibió una pensión de gran invalidez mensual de 2.600 € para una mujer de apoyo contable con distrofia de retina y pérdida del 100% de la visión, una enfermedad genética rara.

¿Cómo se determina la pensión?

En España se emiten mensualmente 946.000 pensiones de incapacidad permanente. La prestación media es de 1.120 EUR al mes. La cantidad que recibe un pensionado depende de diferentes factores. Fundamentalmente, es la base para la supervisión de los trabajadores. “Cuanto mayor sea, más pensión recibes”, explica Jorge Campmany, director de Campmany Abogados. También es clave el grado de invalidez alcanzado: total, absoluta o gran invalidez. Lorenzo Pérez, presidente de Fidelitis, señaló que, en términos de cifras totales y absolutas, se calcularon las bases de cotización de los últimos ocho años y se calculó el 55% del total a partir de la base promedio obtenida (o a partir de los 55 75 años). % del inicio) si no tienes otro trabajo) y el 100% sin retención absoluta.

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