Cinco Días

La gestación subrogada ha vuelto a ser motivo de discordia en España tras la impactante noticia de que Ana Obregón se convirtió en madre (y abuela) a través de una gestante subrogada. Existen diferentes tipos de gestación subrogada: gestación tradicional o parcial, en la que la gestante también cede sus propios óvulos, que son inseminados por semen de donante o persona de interés. El otro es un embarazo completo, en el que la gestante actúa únicamente como portadora y los embriones fecundados proceden de los futuros padres.

En el caso mediático que nos ocupa, estaríamos ante un embarazo completo, pues recientemente supimos que el embrión fecundado provino del material genético del difunto hijo de Ana Obregón, Aless Lequio, y de donante anónimo.

En España, el artículo 10 de la Ley 14/2006 de Técnicas de Reproducción Humana Asistida es muy claro al respecto, ya que no se permite la gestación subrogada porque inválido Consentimiento para el contrato de embarazo. Por eso, al menos en España, la única vía legal para que otra persona tenga un hijo es la adopción, una opción que Ana Obregón ha descartado por completo por su edad.

Sin embargo, existen otras formas de entrar en la práctica por la “puerta de atrás”, desencadenando un complejo debate técnico-jurídico, social y ético en torno a la gestación subrogada en España que ha alcanzado una dimensión política que de otro modo no habría sido posible. nuestro país.

Por ello, en 2010, la Dirección General del Registro y del Notariado (DGRN) dictó una resolución en la que abría la posibilidad de inscripción en el Registro Civil español de los hijos derivados de esta práctica en otros países, siempre que exista resolución judicial o La resolución certifica la filiación del menor y la realización de los derechos de la madre sustituta.

La decisión está en línea con los estándares de los tribunales superiores, como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que han fallado consistentemente a favor de los menores. Asimismo, el Tribunal Supremo destacó que si bien siempre prima la protección de los menores, es inaceptable que los contratos de gestación subrogada comprometan el interés superior de los menores y exploten a las mujeres.

Sin embargo, desde 2010, en poco más de una década, se han inscrito en el Registro Civil español más de 2.500 menores nacidos por gestación subrogada. A diferencia de España, esta práctica es legal en otros países como Estados Unidos, Canadá, Ucrania, Rusia, Georgia, Reino Unido, Australia, Sudáfrica, Tailandia e India.

En ese sentido, comprobamos que la elección de Ana Obregón para realizar este trámite en Miami no fue casual, ya que en Florida existen leyes a favor de esta práctica y, además, está sujeta a Acuerdo de Adopción Anticipada de las Regulaciones de Florida 63.213, que dispone que la madre sustituta se compromete a tener al niño y renuncia a su patria potestad en favor de otra persona.

Esto quiere decir que es posible en el Registro Civil español siempre que se dicte resolución judicial en PeriodistasdeGénero de origen donde se realizó el trámite, acreditando la paternidad del menor y los derechos de la madre gestante.

Al cóctel mediático en torno al caso Ana Obregón hay que sumar la reciente noticia -antes difundida como rumores- de que la hija de Ana Obregón nació por gestación subrogada y es hija biológica de Aless Lequio.

Según la actriz en ¡ La declaración en la revista ¡Hola!, de que el testamento de su difunto hijo era tener descendencia (hasta cinco hijos), parece haber sido hecha por ella en el testamento ológrafo, según Ana Obregón, testigos presentes.

Sin embargo, llegados a este punto, según nuestro Código Civil, conviene distinguir entre el testamento ológrafo (escrito de puño y letra del testador y que no requiere testigo) y el testamento en peligro inminente de muerte, por el que no es necesario un notario, y en presencia de cinco testigos idóneos, el hombre expresó sus últimos deseos. En este punto, no sabemos el momento en que Aless Lequio otorgó el testamento, ni las condiciones o términos de su contenido.

En cualquier caso, sabemos que Ana Obregón y su hijo Aleça Lecchio tenían todo perfectamente atado legalmente antes de su muerte para facilitar que su madre cumpliera con sus deseos.

En el aspecto legal, según datos aportados por diferentes fuentes y medios de comunicación, el procedimiento realizado por Ana Obregón parece encuadrarse dentro del marco normativo legal vigente, dada la posibilidad de inscribir el nacimiento de un menor en España para obtener una resolución judicial. en PeriodistasdeGénero donde se realiza la gestación subrogada.

Lo que es menos pacífico es el debate moral que se está gestando en la sociedad en torno a este caso concreto, y la práctica de la gestación subrogada en general ha causado un gran revuelo en los medios y redes sociales, cuestionando el derecho del menor a su intimidad y privacidad.

Podemos concluir que tarde o temprano será necesario atender las realidades jurídicas familiares actuales en la agenda política de nuestro país para brindar una solución que brinde seguridad jurídica y priorice la protección de los derechos de las mujeres embarazadas y los menores involucrados.

Delia RodríguezDirector Ejecutivo, Abogados de Familia de Vestalia

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