EL PAÍS

Un colegio de Barcelona debe impartir «una o varias» materias troncales -además del castellano- en castellano para garantizar que los alumnos demandados por sus familias «reciban efectivamente» parte de su educación en la lengua oficial del Estado. Por supuesto, no hay un porcentaje para determinar qué categoría significa esto. Ese fue el núcleo de la conocida sentencia del martes del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), la primera en ignorar una nueva ley sobre el uso de la lengua aprobada por el parlamento catalán el verano pasado. Los magistrados se abstuvieron de referirse a la proporción del 25% prescrita anteriormente por el mismo tribunal (y aprobada por la Corte Suprema), por lo que, en rigor, se ajustan a la nueva norma -que impide que el porcentaje se determine de forma lineal- al tiempo que se ajustan a la doctrina constitucional de que algunos cursos están obligados a impartirse en español. La sentencia se refiere a una familia recomendada por el Consejo de Escuelas Bilingües (AEB), enfatizando que el tiempo de enseñanza debe corresponder a materias «importantes».

En la sentencia, el TSJC recordó que estaba a la espera de que el Tribunal Constitucional resolviera sus dudas sobre la legalidad de la ley aprobada por el Parlamento el pasado mes de junio y refrendada por la Comisión de Garantías Estatutarias. El magistrado del Alto Tribunal había expresado «serias dudas» sobre la constitucionalidad de la ley, dejando que los centros definieran los modelos lingüísticos en lugar de aplicar el porcentaje del 25 por ciento de las órdenes judiciales. Sin embargo, a la espera de una respuesta, toman un camino intermedio donde garantizan que los estudiantes “efectivamente reciban el español como una o varias asignaturas o asignaturas adicionales a las correspondientes al estudio de la lengua española”. Hace unos meses, el Gobierno central acordó que el Ejecutivo, presidido por Pere Aragonès, no recurriría las nuevas normas.

Tras evaluar el programa educativo en el centro al que asistía la menor, SAFA-Urgell en la capital catalana, la magistrada confirmó que, además del idioma, solo se le enseñaba castellano en las clases de educación física. Para el TSJC sí es una materia troncal, pero dentro de ella “el uso de la lengua no tiene relevancia para otras materias”. Por tanto, sin recurrir a la anterior doctrina de los porcentajes, exige que una o más asignaturas impartidas en español «por su importancia en el currículo global y su carga lectiva puedan ser consideradas como principales». Solo así, decía la sentencia, sería posible «garantizar el uso mínimo de la enseñanza del español a los estudiantes dentro de la jurisdicción» y así ser coherente con la Constitución (tal como se interpreta).

Tras un largo proceso judicial y años de olvido por parte del Ministerio de Educación, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ordenó a la Generalitat reestructurar todo el modelo educativo en 2020 para que se imparta al menos el 25% del tiempo lectivo (equivalente al menos a una materia troncal) en español. Esa sentencia, y otras decisiones Supremas y Constitucionales que la precedieron, se basaron en que el español debería ser el «idioma de los vehículos» en las escuelas. La política en el lenguaje de la escuela. Al cambiar el marco normativo, impide la aplicación de sentencias. Las regulaciones actuales establecen que cada colegio o academia elige un idioma mixto en función de lo que considera que es el mejor idioma. El TSJC argumentó que, efectivamente, su sentencia no se aplicó por un cambio en la ley, calificándola de «fraude judicial» y pidiendo al Tribunal Constitucional que se pronuncie. Ahora ha dictado sentencia por eludir ese límite legal.

Sin embargo, fuentes de la Consejería de Educación de la Generalitat aseguraron en declaraciones a Europa Press que el caso tratado en esta sentencia «no implica la aplicación del 25% de español en ninguna nueva aula». “Este es un caso que se tramitó antes de que se aprobara el decreto. Desde que se aprobó el nuevo marco legal, ninguna escuela nueva ha tenido que utilizar el español por mandato judicial”, confirman estas fuentes. La presidenta de la AEB, Ana Losada, celebró la decisión, que no es firme, y expresó su deseo de que se abra «la vía para volver a interponer recursos bilingües».

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