A partir del pasado martes 6 de septiembre, las trabajadoras del hogar tienen derecho a la prestación contributiva por desempleo y a todas las prestaciones asistenciales vigentes en el régimen laboral.
Este Real Decreto está aprobado por el Consejo de Ministros y equivale a las condiciones laborales del sector con otros trabajadores.
La nueva norma afecta a 373.120 trabajadores domésticos dependientes, según los últimos datos de la Seguridad Social.Además, elimina despedido sin causaal suprimir las figuras de «salida» en la regulación del sector y debe contribuir al Fondo de Garantía de Desempleo y Salario (Fogsa).
¿Quién presentará esta contribución y cómo afectará a los empleadores?
Según la normativa, las nuevas primas del seguro de desempleo quedan fijadas en un 6% (5% para empresarios y 1% para trabajadores) y un 0,2% para Fogasa, lo que supone un incremento de 31,38 euros en las cotizaciones mensuales a la Seguridad Social según cifras especificadas por el Oficina de la Seguridad Social, en el caso de pagar 4,49 € sobre una base de 1.166,7 € o 500 €.organismo Actualizará ‘automáticamente’ las tarifas cobradas a los empleadores.
El Real Decreto también establece que el empleador será responsable del pago. Elimina la posibilidad de que los contratistas soliciten directamente altas, altas, bajas y cambios de datos para los trabajadores que presten menos de 60 horas de servicio por empleador al mes.
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Se descontará el paro y la cotización del 80% del Fogasa, por lo que Empleadores y trabajadores pagarán el 20% restanteAdemás, se prevé que la desgravación del 20% ya aplicada a los gastos de contingencia comunes sea mayor para determinados tipos de hogares y niveles de ingresos o patrimonio.
A partir del 1 de octubre de 2022, las trabajadoras del hogar tienen derecho a la prestación por desempleo tras ser despedidas.Pero para recibir beneficios compartidos, deben cambio por ella por un añocomo otros asalariados bajo las nuevas reglas