La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de someter al Tribunal de Justicia de la Unión Europea una cuestión prejudicial sobre cómo hacer frente al abuso de la temporalidad en el sector público, que también se ve afectada por la correspondiente Directiva Legislativa Europea, puede remitirse a antes y después de las leyes que afrontan esta compleja situación. El TSJG argumenta que España puede estar infringiendo la normativa europea al excluir el abuso de la temporalidad por parte de las administraciones públicas (lo que en ocasiones supone decenas de contratos en cadena) y al hacer indefinidos a los trabajadores afectados. Las sentencias del Tribunal Superior pueden establecer el curso de acción de las numerosas disputas que se han acumulado.
Las reformas laborales de 2022 abren la puerta para abordar uno de los mayores problemas generalizados en el mercado laboral: las altas tasas de empleo temporal. Sin embargo, los buenos resultados obtenidos en el sector privado no han ido acompañados de reducciones similares en el sector público, encontrándose en esta situación más del 31% de los trabajadores, impactando fundamentalmente en los servicios comunitarios de salud y educación. Después de la crisis de 2008, el abuso del empleo temporal se incrementó dramáticamente por la incapacidad de cubrir adecuadamente el espacio público permanente, y ahora se ve en la obligación de empoderar a quienes ocupan estos puestos sueltos y a su fuerza laboral, a veces por largos períodos de tiempo. Se reducen los derechos. La situación ha visto a España condenada por las instituciones europeas, incluida una sentencia de 2021 del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
Las reformas legislativas encaminadas a frenar este abuso de la temporalidad han paliado en parte el problema, que hasta ahora ha dependido de una serie de sentencias judiciales para reconocer figuras difíciles de determinar como el trabajo fijo no permanente, que es un juego de palabras que pretende salvar la situación creada. Durante décadas, ninguno de los involucrados estaba satisfecho. En consecuencia, los trabajadores en esta situación no pueden ser promovidos ni recibir los beneficios y derechos reservados a los servidores públicos de carrera. Al mismo tiempo, la rápida adquisición del puesto despertó todo el escepticismo de la función pública, que experimentó oposición pública basada en los principios de mérito y competencia.
La constitución española establece un mecanismo para la obtención de empleo público en el que no se prevé el abuso de los contratos temporales, por lo que actualmente no existe una solución justa al dilema de consolidar estos puestos. Someter a los trabajadores que han prestado servicios durante muchos años a una prueba de admisión temporal es tan injusto como abrir la puerta a la incorporación automática y, en última instancia, erosiona el principio de igualdad de acceso al empleo público.
En cualquier caso, a la espera de la decisión del Tribunal de Justicia de la UE, sería conveniente repensar el modelo de empleo público para que una estrategia más reflexiva y mejor financiada pueda evitar que estos problemas se repitan en el futuro. Nuestras necesidades de recursos humanos en el sector público requieren seguridad jurídica para evitar nuevos litigios en el futuro y, en última instancia, reducir la proporción desproporcionadamente alta de empleo eventual, lo que también significa inseguridad para proyectos importantes y personales.