La Suprema Corte de Justicia del Estado (SCJN) no tiene decisión sobre prisión preventiva informal. Dos ministros, Luis María Aguilar y Norma Piña, que propusieron proyectos para eliminar la controvertida figura legal, decidieron el jueves retirarlos en un intento por fortalecerlos y llegar a un acuerdo con el resto del pleno. La reunión de esta semana refleja profundas divisiones entre los ministros sobre cómo abordar la medida preventiva, aunque una abrumadora mayoría de juristas reconoce que la prisión preventiva informal viola los derechos humanos. La opción de no someterlos a votación evita que los proyectos sean rechazados y permite su posterior discusión.
El presidente de la Corte Suprema, Arturo Zaldívar, ha anunciado que en la reunión del jueves se tomará una decisión «firme» sobre las dos propuestas.
La jornada arrancó con el ministro Aguilar, uno de los disertantes, quien retomó el mensaje principal de su proyecto -Acción Inconstitucional 130/2019-: El artículo 1 de la Constitución llama a la protección de los derechos humanos, el uso de la prisión preventiva informal en lugar de mejorar la seguridad del país, «ha pasado de una posible solución a una parte del problema», un castigo irreparable que afecta en primer lugar a las poblaciones más pobres y marginadas.
Además, los juristas han determinado que entre los 11 juristas que integran el pleno de la SCJN, “es probable que haya un rechazo generalizado al abuso de la prisión preventiva, especialmente en lo que se refiere a su origen automático”. “Al analizar este número, hay más puntos de conexión que diferencias en nosotros”, dijo Aguilar.
«Esquivel no considera esta una medida deseable. Ortiz que viola los derechos humanos. Pérez Dayán rechaza la amplitud de la hipótesis del origen de las medidas cautelares. González Alcántara y Ríos-Farjat destacan la prisión preventiva en Es inconstitucional en su versión no oficial. Pardo y Laynez argumentan que la prisión preventiva prevista en la normativa es desproporcionada y viola los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad final. Piña, Gutiérrez y Zaldívar sostienen que la prisión preventiva informal viola los parámetros de vigencia de los derechos humanos de la propia Constitución”, resumió el Ministro posición de sus compañeros.
Aguilar pidió tiempo para «reconstruir la propuesta» basándose en la idea de que la controvertida figura legal fue rechazada en general en la Corte Suprema y la principal pregunta de los ministros era cómo eliminarla si estaba incluida en la constitución. “Entonces tratar de acercar los puntos de contacto y afinar las diferencias que nos dividen para llegar a un nuevo enfoque que nos permita eliminar los efectos nocivos de la prisión preventiva informal en la vida de las personas”, concluyó el Ministro Camino.
La ministra Norma Piña siguió un camino muy similar, y luego de mostrar lo complejo que fue capaz de eliminar esta figura jurídica, decidió retirar el proyecto con el mismo espíritu: llegar a un acuerdo. Como presidente del tribunal, Zardiva definió el «gran reto» de intentar acercarse, porque «desde el punto de vista legal, estaban muy en contra». Sin embargo, el ministro -muy quisquilloso y contundente con la prisión preventiva informal- valoró la retirada, señalando que «es importante seguir adelante». Ahora, una importante sentencia pende en el poder judicial mexicano, a punto de ser emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y que amenaza con forzar reformas constitucionales para —pues sí— acabar con la prisión preventiva informal.
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