Corte Interamericana de Derechos Humanos sanciona a México por sentenciar a dos hombres a 17 años sin sentencia

Después de casi dos décadas de procesos judiciales, el caso de Daniel García y Reyes Alpízar está cerrado. La Corte Interamericana de Derechos Humanos publicó este martes su decisión sobre la denuncia presentada por los dos hombres, que cumplieron 17 años de prisión pero no fueron condenados. La Alta Corte Internacional de Justicia condenó a México en un fallo histórico, que también ordenó al país abandonar su controvertida prisión preventiva informal. “La Corte declara internacionalmente responsable al Estado de México por las violaciones a los derechos a la integridad personal, la libertad de la persona, las garantías judiciales, la igualdad ante la ley y la protección judicial”, se lee en la sentencia.

Daniel García y Reyes Alpízar fueron detenidos en 2002 y acusados ​​del asesinato de la diputada panista María de los Ángeles Tamés. Durante un proceso judicial plagado de irregularidades, los dos fueron detenidos sin orden judicial, detenidos sin abogado, torturados, amenazados y obligados a firmar documentos. Los dos siempre han mantenido su inocencia. Fueron lanzados en 2019 usando pulseras electrónicas. Pero hace apenas dos semanas, Daniel García fue nuevamente detenido arbitrariamente y trasladado a un penal en el Estado de México. Ahora, la Corte Interamericana ordenó el cese de cualquier proceso penal en su contra.

El fallo pone en peligro la constitución de México. En su artículo 19, la Carta Magna incluye figuras para la prisión preventiva informal, medida que automáticamente envía a prisión a los acusados ​​por una serie de delitos en las primeras etapas del proceso judicial, sin necesidad de que un juez decida. . Este es el tiempo temprano en la cárcel. En México se aplica a 16 delitos, que van desde el feminicidio y el secuestro hasta el robo con allanamiento de morada. El presidente Andrés Manuel López Obrador es un acérrimo defensor de esa figura, e incluso en 2019 amplió el catálogo para incluir la prisión preventiva informal por tres delitos fiscales. Sin embargo, luego de largas discusiones, el pleno de la Corte Suprema del país ordenó su eliminación de la lista a fines del año pasado.

Ahora, la decisión de la Corte Interamericana ha recordado una vez más el fallo de esta figura. «El artículo 19 de la Constitución viola la Convención de los EE. UU., dijo el tribunal. La norma, advirtió el tribunal, no dice nada sobre el propósito de la prisión preventiva, los peligros procesales. El requisito de analizar la necesidad de la medida en comparación con la medida menos dañina. . La persona procesada, y la medida alternativa privativa de libertad”, dijo la sentencia, “además, limita la función del juez y supone que un acto no está sujeto a ningún control real que impida al imputado impugnar la hechos o discutiendo las razones». Con base en lo anterior, “en relación con las cifras de prisión preventiva informal, la Corte ordena al Estado, como lo ha hecho en otros casos, adecuar su ordenamiento jurídico, incluyendo sus disposiciones constitucionales, para adecuarlo a la Convención Interamericana”. Convención».

La sentencia de la CIJ es vinculante, por lo que el gobierno mexicano y el máximo tribunal del país deben encontrar una forma legal de cumplir el mandato. La desaparición de la prisión preventiva informal afectará a decenas de miles de personas encarceladas sin condena. Hasta el día de hoy, no se sabe exactamente cuántos, porque la administración no proporciona datos desagregados sobre cuántos presos caen bajo ese número. Sin embargo, no sería una liberación inmediata, pero los abogados podrían pedirle al juez de cada acusado que revise las circunstancias en las que ahora viven a la sombra de la sentencia de Estados Unidos.

La constitución ordena hasta dos años de prisión preventiva no oficial, y la realidad es que la saturación de los tribunales y el interminable proceso judicial mantienen a las personas encerradas en prisión durante años sin una condena. Daniel García y Reyes Alpizar tienen el récord más largo de prisión preventiva extraoficial hasta la fecha: 17 años y medio. La Corte Interamericana también responsabilizó a México por todos los períodos de privación de libertad. “La Corte afirma que el retraso en la investigación y proceso de más de 20 años no se explica por la complejidad del proceso o de la actuación de las presuntas víctimas, sino por la actuación retardada del Estado”, señaló la sentencia.

golpes y quemaduras

El documento es un recorrido de veinte años por todos los males de la justicia mexicana. Daniel García fue detenido el 25 de febrero de 2002 sin orden judicial. Estuvo detenido durante 47 días antes de ser llevado ante un juez. Reyes Alpízar fue detenido el 25 de octubre y estuvo detenido 34 días. Durante tres de estos procesos, el artesano Alpízar del Estado de México fue brutalmente torturado. En una entrevista con PeriodistasdeGénero, relata la implicación de al menos 20 policías en la herida: «Todos los agentes querían pegarme: patadas en las costillas, ahogarme, electrochocarme, quemarme y asfixiarme con bolsas de plástico». las cosas más débiles», señaló, «la desesperación cuando la bolsa te golpea en la cara es realmente mala, tratas de morderla, tu cuerpo se defiende, comienzan a golpearte, te pisotean. Se escuchan risas a lo lejos. Estás aquí, estás lejos. “Alpízar perdió el conocimiento varias veces y lo tuvieron que llevar al hospital porque sus heridas aún persisten hasta el día de hoy.

Luego de su testimonio en el juicio del año pasado, la opinión de Naciones Unidas y la Comisión, y la respuesta de México, la Corte Interamericana concluyó que las detenciones fueron ilegales («no cumplieron con ninguna norma interna que permitiera la presunción de arresto alguien»); no fueron informados de los motivos de su detención; no fueron llevados ante un juez hasta más de un mes después, ya que habían sido detenidos y el número citado por el tribunal era inusual; fueron torturados y forzados declarar contra sí mismos (“el tribunal constató que las confesiones de Daniel García y Reyes Alpizar obtenidas bajo condiciones de coacción y tortura fueron utilizadas en diferentes actos procesales del proceso penal en su contra”); no contrataron abogados hasta avanzado el proceso, 17 años de prisión sin condena.

Ante todas estas violaciones, el tribunal pidió a México que ponga fin al proceso penal, borre los antecedentes, investigue las torturas a las que fueron sometidos, invalide la detención y ajuste el ordenamiento jurídico en materia de prisión preventiva oficiosa, brinde tratamiento médico y psicológico a Daniel y Reyes, e indemnizarlos a cada uno con US$100.000.

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