¿Cómo se calcula el bono de fin de año?

A falta de normativa nacional en materia de aguinaldo, es necesario consultar la fuente legal que establece el derecho al aguinaldo para determinar la cuantía y forma de cálculo.

Dada la diversidad de fuentes jurídicas, existe un gran número de diferentes métodos de cálculo. A continuación encontrará una descripción resumida de los métodos de cálculo más frecuentes a nivel de sector.

Principio Ejemplo de comité conjunto Ejemplo numérico
El monto es igual a la remuneración mensual.

218 (Auxiliar nacional para empleados)

201 (Minorista Independiente)

El salario mensual es de 2.000 €. El bono de fin de año también será de 2.000€.
Una cantidad fija se multiplica por el número de horas realmente trabajadas durante el año anterior. 110 (Cuidado textil) El importe fijo es de 0,8114 €. El trabajador trabajó 2.000 horas durante el año. Su bono de fin de año será igual a 2.000 x 0,8114 = 1.622,8 €.
El salario básico por hora se multiplica por un coeficiente fijo. 111.101 (Construcciones metálicas, mecánicas y eléctricas para la provincia de Amberes) Un trabajador gana 11,24€ la hora. En el régimen de 38 horas semanales, el coeficiente es 165. Por tanto, la prima de fin de año es igual a 11,24 € x 165 = 1.854,6 €.
El monto es fijo y determinado por la CTC. 140.03 (Transporte y logística, subsector autocares) Para 2010, el importe se fijó en 1.821,24 €.

Además de los convenios colectivos de trabajo sectoriales (CCT), otras fuentes legales también pueden dar lugar al derecho a la prima de fin de año.

¿Qué deducciones debes hacer del bono de fin de año?

Al igual que los salarios ordinarios, el aguinaldo está sujeto a 3 deducciones, a saber, cotizaciones a la seguridad social, retención en la fuente y cotización especial a la seguridad social. Dado que el aguinaldo tiene la consideración de remuneración, está sujeto a cotizaciones a la seguridad social, ¡aunque el trabajador renuncie a ellas! Los aportes personales del trabajador ascienden al 13,07% del monto del aguinaldo.

Para el cálculo de la retención en la fuente, la bonificación de fin de año se considera como una bonificación excepcional. Esto significa que el aguinaldo tributa más que la retribución ordinaria. El porcentaje de retención se determina sobre el importe de la retribución anual bruta normal y no puede exceder del 53,50%.

El mes de pago del aguinaldo, la cotización especial a la seguridad social se calcula provisionalmente sobre el salario base mensual más dicho aguinaldo. Si este pago se produce en el último mes del trimestre, el cálculo de esta contribución especial se realiza sobre la base de los elementos salariales del trimestre y la escala trimestral. En la práctica, la cronología del pago del aguinaldo y la retribución mensual pueden tener un impacto en la retribución neta del mes respecto al anterior. El método de cálculo es el mismo que para la retribución ordinaria.

Ejemplo :
Un empleado recibe una prima de fin de año de 2.000 €. Es soltero y no tiene hijos a su cargo.

Sueldo base mensual 2,000.00
Importe del bono de fin de año 2,000.00
Contribución de la Seguridad Social – 261.40 (13,07% de 2.000)
Base imponible 1,738.60
retención de impuestos – 754.73 43,41% (Como aislado.)
Contribución especial SS – 4,15 (Si se paga primero el bono de fin de año. Esto da un mejor resultado.)
Neto 979.73

La cotización especial a la Seguridad Social sobre la prima será de 57,09 € o de 4,15 €, según se pague la prima antes o después de la remuneración. Por tanto, la prima neta ascenderá a 979,73 € o 926,79 €.

La retribución anual bruta normal es igual a 1.766,42 x 12 = 21.197,04 €.

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6 de julio de 2023

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