Las ayudas de emergencia social son ayudas económicas de emergencia de carácter especial, que por lo general se conceden una sola vez en cada comunidad autónoma y se abonan en un solo pago. Para aquellas familias o personas que se encuentren en situaciones complejas en un momento dado, como: cubrir los gastos del hogar para evitar el desalojo, cortar suministros básicos como agua o luz, o cubrir necesidades básicas de alimentación.
Por tanto, el objetivo de estas ayudas es dar una respuesta de emergencia Situaciones de necesidades específicas derivadas de emergencias personales y familiares derivadas de gastos específicos relacionados con necesidades básicas.
¿Qué necesidades satisfacen?
La naturaleza de esta ayuda de emergencia es cubrir necesidades urgentes relacionadas fundamentalmente con la vida cotidiana de la familia.
Estos son algunos ejemplos de dónde puede ir la asistencia de emergencia:
- Necesidades básicas: alimentos, ropa, artículos de higiene personal.
- Medicamentos y productos sanitarios, (no incluidos si se dispone de seguro o seguridad social)
- Gastos relacionados con la vivienda: alquiler, mantenimiento de las condiciones de vida, equipamiento básico.
- Suministros: Electricidad, agua, calefacción en caso de retraso en la factura y riesgo de corte de línea.
- Gastos relacionados con las necesidades de los menores en la familia: matrícula, compra de material escolar, comedor, gastos de guardería, uniformes escolares.
- Desplazamiento imprescindible: centros de salud, colegios, alojamiento alternativo.
- Otros gastos de urgencia derivados de otras circunstancias.
¿Dónde puedo solicitar asistencia de emergencia?
La asistencia de emergencia es administrada por el Departamento de Bienestar y Asuntos Sociales de su consejo.Así que tendremos que ir a Correspondencia de nuestros servicios sociales comunitarios según el lugar donde vivimos.
Lo normal es que tengamos que pedir cita con el trabajador social y le tengas que explicar tu situación y por qué necesitas ayuda urgente.En este momento podemos solicitar determinados documentos para acreditar nuestra situación y justificar los motivos de la concesión de la ayuda.
¿Cuáles son los requisitos generales?
Como ya hemos mencionado, los municipios son los encargados de administrar estas ayudas, por lo tanto, Todos tendrán requisitos específicos..
No obstante, podemos señalar cuál es el requisito general de repetir en la mayoría de los casos:
- Ser mayor de edad, salvo en circunstancias excepcionales.
- Vivir en la misma colonia o municipio que solicita esta ayuda.
- La falta de ingresos suficientes para cubrir ciertos gastos básicos y necesarios.
- No recibió ninguna otra ayuda con el mismo objetivo.
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Monto, Pago y Motivo
todos estos puntos Dependerá de los servicios sociales a los que acudamos.como sucede en la solicitud.
Al igual que hicimos con los requisitos, podemos ver los aspectos generales que encontramos:
cantidad:
El monto de la asistencia se determinará en función de las circunstancias específicas y las proyecciones de costos resultantes de la emergencia.quizás Cada Ayuntamiento determinará el númeroSalvo el importe máximo a conceder.
Pagar:
El pago puede hacerse en especie o en efectivo. Por lo general, un solo pago, exclusivamente por la razón por la que solicitamos asistencia.
razón:
Cuando los servicios sociales nos brindan asistencia de emergencia, Tenemos que justificar dicho gasto.Es decir, para acreditar que utilizamos la ayuda indicada por los motivos que indicamos.
normalmente Es suficiente generar un recibo o factura para nuestro pagoEn cuanto a la duración, ya sabemos que puede variar de un lugar a otro, aunque suele ser de un mes.