Entre las nuevas condiciones de trabajo previstas en la Ley para los empleados de atención domiciliaria, se establecen las siguientes:
- trabajadores de servicios domesticos Empezarán a cotizar a la prestación por desempleoAdemás de todas las prestaciones asistenciales previstas en la legislación laboral.
- El decreto establece que los empleadores asumirán las obligaciones de cotización de quienes presten menos de 60 horas de servicio al mes, eliminando así la posibilidad de que los trabajadores exijan directamente su afiliación, alta, baja y cambio de datos.
- Para los empresarios, se mantendrán las bonificaciones y ayudas a las familias que contraten a personas cuyas cotizaciones a la Seguridad Social se hayan reducido en un 20%.
¿Tienes que registrar a las personas que trabajan en tu casa?
Sí, el registro en la Caja del Seguro Social es obligatorio, al igual que la ley de infracciones al orden social y sanciones, que exige la regularización de más de 300.000 trabajadoras del hogar que actualmente no tienen contrato de trabajo.
El citado decreto explica que estas personas comenzarán a pagar la prestación por desempleo a partir del 1 de octubre de 2022. Por lo tanto, deben registrarse en la Administración del Seguro Social, Porque, sin este procedimiento, sería imposible citar.
Sanciones por no registrar a las trabajadoras del hogar
no realice este procedimiento Esto es un delito grave e ilegal.De hecho, la Seguridad Social ha advertido de las consecuencias en su perfil de Twitter: «¿Qué pasa si no doy de alta a mis empleadas domésticas en la Seguridad Social? Esto se considera un error grave y el empleador es responsable. Sanciones de la Seguridad Inspección. Las multas van desde los 626 hasta los 6.250 euros”, señala en su perfil.
#Duda ¿Qué pasa si no me doy de alta como #trabajadoradomicilio en el #SeguroSocial?
👉Esto se considera una falta grave y el empleador es responsable de ello. Puede ser sancionado por el departamento de supervisión del trabajo y de la seguridad social. Las multas oscilan entre 626 € y 6250 €.
– Atención ciudadanos de @inclusiongob (@incluinfo) 15 de septiembre de 2022
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En función de la gravedad, la nueva normativa establece las siguientes multas:
- La multa por faltas oscila entre los 60 y los 625 euros, según el grado.
- Las multas por infracciones graves oscilan entre los 626 y los 6.225 euros, según el grado.
- Para las infracciones muy graves se han previsto multas que oscilan entre los 6.251 y los 187.515 euros.
Cómo registrarse
La alternativa más rápida es a través de Import@ss, la plataforma de tramitación online de la seguridad social.Para ello, debe utilizar el servicio «Registro de Empleo a Domicilio», disponible en este enlace. Disponer de certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o vía SMS, aunque para este último es necesario que el número de móvil esté dado de alta en la base de datos de la seguridad social.
Al realizar este trámite, es necesario aportar la siguiente información y/o documentos:
- Datos del empleador y del empleado (DNI o NIE y número de la seguridad social).
- Datos relacionados con jornadas laborales y salarios de los empleados.
- Número de cuenta bancaria para pagos a plazos.
- Permisos de trabajo para trabajadores extracomunitarios.
- Documentos necesarios que demuestren los posibles beneficios de los pagos a plazos (por ejemplo, títulos de familia extendida).
La inscripción tiene una fecha límite y es importante respetar la fecha límite Porque, de lo contrario, se pueden perder las bonificaciones de la cuota si están disponibles: como máximo 60 días antes de la fecha de inicio de la campaña, a más tardar el mismo día.