En este post explico los pasos a seguir cuando un trabajador es despedido pero no está de acuerdo. En cualquier caso, debes saber que no lo has perdido todo, porque puedes reclamarlo.
Desafíos del alta médica en emergencias comunes
Se puede hacer una reclamación anticipada al INSS dentro de los 11 días siguientes a la recepción de la notificación de alta médica si la alta se produjo antes de que finalicen los 365 días anteriores de incapacidad temporal.
Si no recibe respuesta dentro de una semana, o si la respuesta es negativa, tendrá 20 días a partir de la fecha de la denegación o silencio administrativo para presentar una demanda.
Pero si lo despiden después de un año de licencia, solo tendrá cuatro días para presentar la solicitud.
El INSS tiene una semana para responder.
En cuanto a la reincorporación laboral, debe saber que aunque impugne su alta, y al mismo tiempo se declare el INSS, deberá volver a su puesto. Si no lo hace, su empresa puede despedirlo.
Impugnación de altas médicas en caso de emergencias profesionales
Si su enfermedad o lesión fue una enfermedad ocupacional y fue dado de alta antes de los primeros 365 días, tendrá 10 días para presentar un reclamo en lugar de 11 días.
En este caso, no estamos hablando de reclamaciones previas, sino del proceso de revisión administrativa.
El INSS tiene dos semanas (no una) para responder.
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en caso de que estés en juicio
Este tipo de proceso judicial se considera prioritario y, por lo tanto, debe ser tratado con celeridad. Por lo tanto, por ley, su audiencia está programada dentro de los cinco días siguientes a la admisión del reclamo.
Aunque dado el quiebre sufrido por los juzgados de lo social, el juicio podría celebrarse dos meses después del archivo de las diligencias.
La sentencia correspondiente se dictará dentro de los tres días siguientes a la audiencia. No obstante, cabe señalar que contra la referida sentencia no cabe recurso alguno.
Tras ganar el juicio, la sentencia ordenará al INSS la sustitución de su cláusula de incapacidad temporal.